Contrato con el cliente
Es el acuerdo entre dos o más partes que crea derechos y obligaciones exigibles, y es el punto de partida para reconocer ingresos bajo NIIF 15. Solo se contabiliza como contrato cuando hay aprobación de las partes, derechos y condiciones de pago identificables, sustancia comercial y es probable que la empresa cobre la contraprestación. Puede ser escrito, verbal o estar implícito en las prácticas habituales del negocio. Si estos criterios no se cumplen, el ingreso no se reconoce aunque ya se haya recibido dinero.
Ejemplo: Una empresa de software en Bogotá firma con un cliente un contrato anual de licencia por $24.000.000 más soporte; ese documento aprobado y con condiciones de pago claras es el contrato que activa el modelo de NIIF 15.